Empresa

Acuerdo con Lipasam Contenedores Fin de Semana

Tras las reuniones mantenidas con Lipasam, se ha llegado al acuerdo de no sancionar a los socios por mantener el contenedor de obras el fin de semana si no existe un aviso previo del Ayuntamiento para su retitrada en zonas concretas de Sevilla.

Contenedores | Cubas en Semana Santa

Como cada año en Semana Santa y a fin de evitar inconvenientes y problemas con las procesiones y distintas hermandades que recorren Sevilla, hay que recordar que debemos retirar los contenedores desde el jueves 26 de marzo de 2015, es decir desde el día antes al viernes de dolores, de todas las calles por donde vayan a pasar y especialmente, de la zona centro y lugares históricos.

 

Como recordatorio y herramienta para poder ver las calles y vías afectadas al tráfico y por donde discurrirán las hermandades y pasos, más abajo dejamos detallados los itinerarios oficiales de la Semana Santa de Sevilla del 2015, para que podáis consultarlos y comprobar que no exista ningún contenedor o cuba instalada durante estos días.

Información a los Socios

Información actualizada respecto de lo más importante para el sector de los transportistas de residuos de Andalucía, a través de la propia web, correo postal, correo electrónico y whatsapp. Novedades, trámites necesarios para la actividad, recordatorios de derechos y obligaciones de los asociados.

Resumen del IVA de Caja

Alta en el Criterio de Caja para el Pago del IVA

– El plazo para solicitar el alta en el Régimen de Criterio de Caja finaliza el día 31 de marzo de 2014 y se aplicará desde el trimestre siguiente al alta.

– El único requisito es tener una facturación inferior a los 2.000.000’00 €

– Este criterio de IVA se aplicará entonces a todas las operaciones realizadas en España.

¿En qué consiste?

 Se retrasa el momento del pago del IVA repercutido hasta que efectivamente cobremos la factura.

Igualmente el IVA soportado, tampoco podrá deducirse hasta que paguemos la factura.

 El pago puede retrasarse hasta el 31 de diciembre del año posterior al de la factura.

¿En qué momento se entiende cobrado el IVA?

ATRES Reclamará Gratuitamente la Devolución del Céntimo Sanitario

ATRES, La Asociación Andaluza de Transportistas de Residuos, reclamará gratuitamente la devolución del céntimo santitario a todos los socios que así lo soliciten. La Asociación, en su línea de asegurar la mayor y mejor cobertura posible y la defensa de sus socios, reclamará de forma gratuita la devolución del denominado «céntimo sanitario».   Aunque la … Leer más

El Céntino Sanitario es Ilegal

DEVOLUCIÓN DEL CÉNTIMO SANITARIO El pasado jueves el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, dictó Sentencia por la que ha declarado que el llamado “CÉNTIMO SANITARIO” vulnera la ley. Por tanto y desde dicha fecha, todos los transportistas podrán reclamar ante la Delegación de Hacienda de su comunidad autónoma, las cantidades indebidamente pagadas por … Leer más

Devolución del Impuesto sobre hidrocarburos

La Asociación ha firmado un convenio para poder realizar el trámite de la solicitud como beneficiario de las bonificaciones del impuesto sobre hidrocarburos y de las cuotas correspondientes a la aplicación del tipo autonómico.

A partir del día 1 de enero de  2007 es posible solicitar la devolución parcial del impuesto sobre hidrocarburos y de las cuotas correspondientes a la aplicación del tipo autonómico.

Tienen derecho a la devolución los titulares de vehículos cuya Masa máxima autorizada sea de 7500 Kgs. o más.

Gasóleo Profesional

Gasóleo Profesional

 

Fundamento

Se devuelve el incremento que,  con fecha 1 de Enero de 2007, sufra el  tipo impositivo aplicable  al gasóleo para uso general en el  Impuesto sobre Hidrocarburos y la  parte de la cuota autonómica del  Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos,  en la cuantía que en su caso  cada Comunidad Autónoma establezca.

 1.   ¿Qué se devuelve?

 La Ley 36/2006 de Medidas para la prevención del fraude fiscal, de 29 de Noviembre, modifica la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre por la que se aprueba el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, aprobando, respectivamente, la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos  así  como, en su caso,  de las cuotas correspondientes a la aplicación del tipo de gravamen autonómico del citado Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.

 

Ámbito y Extensión  

   2. ¿Quiénes tienen derecho a la devolución?

 Los titulares de los vehículos  citados en el apartado siguiente, que  ejercen  la correspondiente actividad  de transporte.

 Vehículos que tienen este beneficio

 Vehículos de motor y conjuntos de vehículos acoplados destinados exclusivamente al transporte de mercancías por carretera, por cuenta ajena o por cuenta propia, y con peso máximo autorizado igual o superior a 7,5 toneladas.

Los vehículos de motor destinados al transporte de pasajeros,, regular u ocasional, incluidos en las categorías M2 o M3 de las establecidas en la Directiva 70/156/CEE del Consejo, de 6 de febrero de 1970.

Los taxis provistos de las preceptivas autorizaciones y de aparato taxímetro

  3. ¿A cuánto asciende la devolución?

 

Contacta

954920613

asociacion@asociacionatres.org

ATRES
Avda. S. Fco. Javier 9. Planta 5. Mód. 30. 41018-Sevilla

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