La Asociación ha firmado un convenio para poder realizar el trámite de la solicitud como beneficiario de las bonificaciones del impuesto sobre hidrocarburos y de las cuotas correspondientes a la aplicación del tipo autonómico.
A partir del día 1 de enero de 2007 es posible solicitar la devolución parcial del impuesto sobre hidrocarburos y de las cuotas correspondientes a la aplicación del tipo autonómico.
Tienen derecho a la devolución los titulares de vehículos cuya Masa máxima autorizada sea de 7500 Kgs. o más.
Una vez solicitada el alta como beneficiario, pediremos una tarjeta de crédito con la que debéis abonar el gasoil del vehículo (en las estaciones autorizadas) y a través de la cual se ingresarán también las bonificaciones.
Si estáis interesados en que os hagamos el trámite, debéis rellenar el impreso que más adelante vereis y devolverlo a la Asociación personalmente o enviándolo por fax. o e-mail (en formato pdf. para que conste la firma).
En caso de que tengáis surtidor propio también es posible obtener la autorización.
Para ello hay que solicitar la instalación en vuestro surtidor (que debe estar adaptado a la normativa vigente) de un programa informático que permite controlar los litros suministrados a cada vehículo, el día y la hora. Trimestralmente deberéis presentar en la Agencia Tributaria una declaración informativa con los datos que os suministra el programa, para obtener las bonificaciones.
No es necesario que enviéis fotocopia de ningún documento, sino únicamente la relación de datos que os solicitamos, incluyendo el número de cuenta, que será sobre el que se emita la tarjeta de crédito.
Si sois titulares de varias empresas, debéis indicarnos concretamente qué vehículo corresponde a cada una, y los datos concretos referidos a cada una de ellas igualmente.
Para descargar el impreso (modelo) para solicitar la devolución, haz click aquí.