Nuevas Ayudas Directas al Sector del Transporte

Covocatoria de nuevas ayudas al transporte

Por Decreto de 1 de agosto de 2022 se han aprobado nuevas ayudas al Sector del Transporte para empresas y autónomos.

El plazo de solicitud finaliza el 30 de septiembre.

Las ayudas se solicitan a través de la Agencia Tributaria y tienen un plazo de resolución de un mes.

Requisitos para las nuevas ayudas al transporte

Autónomos o empresas titulares de una autorización de Transporte (VDE, VT, VTC, VSE, MDPE, MDLE)

Tener dada de alta una actividad de transporte de taxi, de pasajeros, de mercancías o sanitario.

Cuantía de las ayudas al sector del transporte

El importe se abonará en función del número de vehículos y tipo, en función de la siguiente tabla, con un máximo de 400.000€ por empresa.

Vehículo

 

Importe

Mercancías pesado. Camión. MDPE

1.250 €

Mercancías ligero. Furgoneta. MDLE

500 €

Autobús. VDE

950 €

Taxis. VT.

300 €

Vehículo alquiler con conductor. VTC

300 €

 

Plazo y forma de solicitud

La solicitud se presenta ante la sede electrónica de la Agencia Tributaria como máximo hasta el día 30 de septiembre de 2022.

Debe indicarse el número de cuenta en el que se realizará el pago.

También será obligatorio indicar:

a) Declaración responsable en la que se señale expresamente que la persona o empresa solicitante se ha visto afectada económicamente por las consecuencias derivadas de la invasión de Ucrania, por las sanciones impuestas por la comunidad internacional contra Rusia o por las contramedidas adoptadas por esta.

b) Declaración referida a si la persona o entidad solicitante ha recibido las siguientes ayudas:

– las ayudas recibidas en aplicación del Marco Nacional Temporal aprobado por la Comisión Europea en su Decisión S.A. 102771 (2022/N) o del Marco Temporal Europeo Ucrania.

– Otras ayudas recibidas relativas a los mismos costes subvencionables (de conformidad con los Reglamentos de mínimis, del Reglamento de Exención por Categorías, del Marco Temporal relativo a la COVID-19 y las ayudas que hayan podido recibir destinadas a reparar los perjuicios causados por acontecimientos de carácter excepcional en aplicación del artículo 107, apartado 2, letra b) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea como consecuencia de la invasión de Ucrania por parte de Rusia.

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