Aceptadas Alegaciones de la Asociación a la Nueva Ordenanza de Sevilla
En la reunión mantenida entre representantes de ATRES (La Asociación) con dirigentes de Lipasam (la empresa pública de Limpieza de Sevilla), éstos comunicaron personalmente que las alegaciones de La Asociación, en cuanto a la responsabilidad del transportista de contenedores en la limpieza viaria de la obra a la que presta sus servicios, habían sido aceptadas.
En la Ordenanaza aprobada inicialmente, en el Capítulo 3 , denominado “Obras que afecten a la vía pública”, en el art. 14 apartado 9 se dice textualmente que:
“Es obligación del constructor la limpieza viaria y sistemática de la vía pública que resulte afectada por la construcción de edificios o la realización de obras, incluido el ensuciamiento derivado del trasiego de maquinaria y vehículos de carga del trasiego de maquinaria y vehículos de carga por el viario de acceso o salida al lugar de la obra.”
Sin embargo, seguidamente en el apartado 10 del mismo precpeto se indica que :